Por María Teresa Fuster (1)

Las Islas Malvinas, en un conflicto no resuelto por su soberanía que produjo también una guerra entre Argentina e Inglaterra en 1982. En este ensayo histórico de amplísima fundamentación documental, la Licenciada en Historia, María Teresa Fuster, directora de la Revista Histopia, y que actualmente se desempeña en el Área de Comunicación y Acción Cultural del Archivo General de la Nación Argentina, analiza las pruebas históricas que acreditan la soberanía argentina sobre las islas.
Introducción
El Estado argentino fundamenta su derecho soberano sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes basado en pruebas sólidas – históricas, como geográficas, jurídicas y diplomáticas – que demuestran que son parte integral del territorio argentino. El presente trabajo recorre las evidencias históricas que avalan la postura argentina mostrando la legitimidad de su reclamo.
La zona estuvo ocupada por España desde épocas tempranas; de allí que nuestro país esgrima el derecho uti possidetis iuris2 mediante el cual hereda el territorio que poseía la Corona española en el marco de las divisiones administrativas vigentes antes de 1810. Este principio de sucesión de Estados en materia territorial continúa vigente y es sostenido por las naciones latinoamericanas que fueron colonia de España. Al respecto, el Tratado de Madrid, firmado el 9 de julio de 1859 por gestión del entonces ministro plenipotenciario de la Confederación Argentina, Juan Bautista Alberdi, con la reina Isabel II de España (ratificado en 1863 tras la unificación definitiva de la República Argentina) establecía en su artículo 1ero que:
“SMC (Su Majestad Católica) reconoce como nación libre soberana e independiente a la Confederación Argentina compuesta de todas las provincias mencionadas en su Constitución Nacional vigente y de los demás territorios que legítimamente le pertenecen o en adelante le pertenecieren…”.3
Este tratado fue ratificado mediante la Ley 72 de noviembre de 1863. A través de ese instrumento, España renunciaba a toda pretensión de soberanía sobre el territorio argentino y reconocía el derecho soberano de la República sobre las tierras que anteriormente formaban parte de su Corona, entre las que estaba incluida el territorio de Malvinas4.
Antecedentes históricos
No existe constancia documental fehaciente del descubrimiento de las Malvinas en el siglo XVI. Es recién a partir del siglo XVII que contamos con fuentes históricas que atestiguan la existencia de las Islas5.
El primer avistaje corroborado es el de la nave holandesa comandada por Sebald de Weert, quien, si bien dejo registro no desembarcó en ellas. Cabe destacar que las Islas que pertenecían al reino de España tras la firma del Tratado de Tordesillas de 14946.
La ubicación estratégica de las Islas frente al estrecho de Magallanes la convirtió desde el siglo XVIII en objeto de interés para potencias navales como Francia y el Reino Unido, a pesar de que diversos tratados firmados reconocían la soberanía española sobre la zona. Entre ellos se destacan el Tratado de Madrid de 1670; el de Utrecht en 1713, que aseguraba la integridad de las posesiones de la corona de España en América y su exclusividad de navegación en sus mares,7 y el de San Lorenzo del Escorial de 1790, en el cual Gran Bretaña se comprometía a no formar ningún establecimiento en las costas orientales ni occidentales de la América Meridional ni en las islas adyacentes ya ocupadas por España, como era el caso de Malvinas.
Pese a estos reconocimientos, en 1764 el conde francés Louis Antoine de Bougainville llegó a las islas con las naves L’Aigle y Le Sphinx. Allí estableció la colonia Port Saint Louis (hoy Puerto Soledad), el primer asentamiento europeo, al que denominó Malouines. Esta acción motivó el reclamo de España y la reacción de Inglaterra que, en disputa con Francia, se estableció a su vez en Port Egmont.
El rey de Francia reconoció la legitimidad del reclamo español y abandonó la isla tras recibir indemnización por los gastos de instalación. El conde de Bougainville dejó constancia de ello por escrito:
“… me obligo en toda forma a entregar a la Corte de España aquellos establecimientos con sus familias, casas, obras, maderas, embarcaciones allí construidas, y empleadas en la expedición, y finalmente cuanto perteneciese en ellos a la Compañía de San Maló como incluido en la cuenta, que se satisface a S.M. Cristianísima por la voluntaria sesión que ha hecho, sin que jamás la Compañía, ni otra persona que sea interesada tenga que repetir contra el Real Erario de S.M.C. ni pedir más dinero ni otra recompensa. En fe de lo que firmo el presente recibo como principal interesado y autorizado para la percepción de toda esta cantidad según consta en la Secretaría del Despacho de Estado en San Ildefonso a 4 de octubre de 1766. M de Bougainville”.8
En consecuencia, se ordenó al capitán de navío Felipe Ruiz Puente de hacerse cargo de la colonia, lo que implicó el reconocimiento, por parte de los habitantes, de su dependencia de las autoridades españolas9.
Así por Real Cédula de 1766 se creó la gobernación de las Islas Malvinas nombrando gobernador a Felipe Ruiz Puente y declarando explícitamente que las Islas pertenecían a la Corona española 10.
La referida Real Cédula expresa en su parte pertinente:
“El Rey: Don Felipe Ruíz Puente capitán de navío en mi Real Armada. Pertenecientes a mi Corona las Islas Malvinas donde modernamente se ha formado un establecimiento por los Franceses, y convenido S.M. Cristianísima en evacuarlas en consecuencia de mi Real Derecho, he resuelto que paséis con las fragatas Liebre y Esmeralda de vuestro mando a las referidas Islas que os serán entregadas por el Gobernador que en ella se encuentra, en virtud de las órdenes de aquel Soberano que con vos se le remiten, y hallándome enterado de vuestros servicios, juicio, y acreditada conducta he tenido a bien elegiros, y nombraros para esta Comandancia y subsecuente mando de aquellas Islas en calidad de Gobernador de ellas…”11
Para 1770 España expulsó a los británicos del asentamiento provisorio al oeste de la Gran Malvina: Puerto Egmond. Poco antes, el capitán John Macbride había atracado con sus naves para establecer un fuerte al bautizó “George”. España actuó con decisión y la expulsión de los “invasores” – ejecutada con firmeza – estuvo a cargo del gobernador de Buenos Aires don Francisco de Paula Bucarelli.
Posteriormente, en una carta del secretario de Estado y de las Indias del Rey de España, Don Julián de Arriaga, dirigida al gobernador de Malvinas fechada en Aranjuez el 9 de abril de 1774 se le ordenó tomar las debidas precauciones para asegurar que los ingleses no regresasen a las Islas12:
“Ofrecido como está últimamente por la Corte de Londres el abandonar el Establecimiento que hizo en la Gran Malvina, retirando de allí la poca tropa, y Gente que tenía, quiere el Rey, que usted se halle noticioso de este asunto, a fin de que en su consecuencia observe con prudencia, y cautela, si en efecto abandonan los Ingleses su citado Establecimiento, sin emprender otro nuevo por esas inmediaciones, y que hallándolo usted verificado en los términos que han expuesto, repita de tiempo, en tiempo sus diligencias para asegurarse de que no vuelvan a aquel Paraje”
Tanto los franceses como los ingleses abandonaron las Islas ante el reclamo soberano de España sin discutir su derecho.
En 1776 se creó el virreinato del Río de la Plata y las Islas Malvinas pasaron a depender administrativamente de éste.
La ocupación efectiva de las Islas por parte de España es innegable. A partir de Felipe Ruiz Puente, primer gobernador de Malvinas, se sucedieron ininterrumpidamente 32 gobernadores hasta 1811. Este control efectivo y continuo sobre el territorio, así como el reconocimiento de potencias europeas de la soberanía española sobre las Islas, fortaleció los derechos jurídicos de España y consolidó su dominio sobre el archipiélago.
Las fuentes documentales así lo avalan. Por ejemplo, en un documento fechado en Malvinas el 8 de abril de 1782 el gobernador Jacinto de Altolaguirre envió a Buenos Aires un informe detallado del estado de los edificios y viviendas 13 dando cuenta de los avances de la colonia. Si bien la vida en ese árido territorio presentaba grandes desafíos la población contaba con una capilla atendida por clérigos y una guarnición militar permanente que custodiaba la zona.
Resulta de interés particular la carta de un sacerdote destinado a Malvinas donde describe su experiencia en tan remota asignación ministerial. La carta que se encuentra en el Archivo General de la Nación expresa lo siguiente:
“Amigo y Querido dueño: yo quisiera escribirle una carta larguísima, dándole noticia de todo lo que es esta miserable tierra; porque en mi vida he visto, ni es capaz que haya en todo el mundo tantas desdichas juntas; porque no tiene toda esta isla, cosa ninguna buena. Toda ella se compone de serranías, con muchos arroyos, y pantanos de agua. No hay en toda ella un arbolito; la leña que quemamos, es una yerba, que tiene una cuarta de alto; las casas en que vivimos, son todas cubiertas de paja, y algunas con lonas embreadas, y las paredes son de terrones puestos unos sobre otros, que entra el viento lo mismo que por una red. El frío no hay con qué ponderarlo; son los vientos tan fríos, y sutiles, que no hay ropa que resista; todos los días son nublados, y siempre o está lloviendo, o nevando, de tal suerte que cuando vemos un día de sol, nos alegramos mucho, y nos causa grande novedad. No hay en esta Isla cal ni piedra de qué hacerla. Las piedras, aunque son muchas, de nada sirven, porque no se pueden labrar. La tierra no produce cosa alguna. Los Franceses aunque han sembrado de todas semillas, pero nada sale, más que unas coles, y lechugas muy pequeñas, y éstas después de mucho trabajo. En toda la Isla no hay más vivientes, que Leones marinos, Lobos, y muchos Pájaros, aunque éstos no se pueden comer, porque hieden. Solo se encuentran algunos Patos ariscos que se llaman avutardas y ésta es la única carne fresca que comemos; pero cuesta mucho trabajo para cazarlas. Por fin no es posible escribir todas las miserias de esta tierra. Usted finja allá en su imaginación lo peor que pueda, y finja, o pinte una tierra inhabitable. Hemos llegado con felicidad gracias a Dios: el día 25 de Marzo dimos fondo en este Puerto; salimos de Montevideo el día último de Febrero. Hemos tenido en la Mar cinco días seguidos de tormentas, con muchos sustos, se nos han muerto todos los caballos que traíamos, y cuasi todas las Vacas, solo han llegado algunas pocas, con tres carneros. Aquí nos han entregado los Franceses, un Caballo, dos bueyes, y dos Lecheras con dos terneros. Hay algunos chanchos, pero muy flacos, porque no tienen qué comer. No le escribo más porque se me hielan los dedos de frío, y para escribirle ésta me he sentado en el suelo, porque la casa en donde vivo esta grande, que no cabe un hombre, parado, y vivimos en ella tres. Usted dispénseme los cumplimientos porque más no puedo, y téngame reconocido por su amigo, aquí en cualquier parte, y esto sin lisonja. Yo quedo en este triste desierto, sufriendo todo por amor de Dios, y rogando por Vuestra Merced me le guarde muchos años. Puerto de las Malvinas 25 de Abril de 1767. Su afectísimo amigo. Fray Sebastián Villa”14
Las incursiones de franceses e ingleses continuaron, sin embargo, la firma del Tratado de San Lorenzo del Escorial en 1790 dejó claro el reconocimiento implícito por parte de Gran Bretaña de la soberanía española sobre Carmen de Patagones, San José, Deseado y Malvinas.
Tras la independencia de España, el territorio de las Malvinas quedó bajo el control del gobierno patrio por el derecho uti possidetis iuris mencionado al principio del artículo.
En 1829, durante la gobernación interina – muy breve, por cierto - de Martín Rodríguez en Buenos Aires, se promulgó el 10 de junio un decreto que establecía la sucesión legítima de las tierras que pertenecieron a España:
“Cuando, por la gloriosa revolución del 25 de mayo de 1810, se separaron estas provincias de la dominación de la Metrópoli, la España tenía una posesión material de las islas Malvinas y de todas las demás que rodean el Cabo de Hornos, inclusive la que se conoce bajo la denominación de Tierra del Fuego, hallándose justificada aquella posesión por el derecho del primer ocupante, por el consentimiento de las principales potencias marítimas de Europa y por la adyacencia de estas islas al continente que formaba el Virreinato de Buenos Aires, de cuyo gobierno dependían. Por esta razón, habiendo entrado el gobierno de la República en la sucesión de todos los derechos que tenía sobre estas provincias la antigua metrópoli, y de que gozaban sus virreyes, ha seguido ejerciendo actos de dominio de dichas islas, sus puertos y sus costas, a pesar de que las circunstancias no han permitido hasta ahora dar a aquella parte del territorio de la República la atención y cuidados que su importancia exige, pero siendo necesario no demorar por más tiempo gozar de las ventajas que puedan dar los productos de aquellas islas, y asegurando la protección debida a su población; el Gobierno ha acordado y decreta:
“Artículo 1º: Las Islas Malvinas y las adyacencias al Cabo de Hornos, en el mar Atlántico, serán regidas por un Comandante Político y Militar, nombrado inmediatamente por el Gobierno de la República.
“Artículo 2º: La residencia del Comandante Político y Militar será en la isla de la Soledad, y en ella se establecerá una batería, bajo pabellón de la República.
“Artículo 3º: El Comandante Político y Militar hará observar por la población de dichas islas las leyes de la República, y cuidará en sus costas de la ejecución de los reglamentos sobre pesca de anfibios. “Artículo 4º: Comuníquese y publíquese”
Firmado: Martín Rodríguez. Salvador María del Carril”15
Ese mismo día el gobierno de Buenos Aires creó la Comandancia Política y Militar de las Islas Malvinas y Adyacencias al Cabo de Hornos en el Mar Atlántico y nombró a Luis Vernet como su primer gobernador. Éste, al asumir su cargo el 30 de agosto de ese año, tras enarbolar la bandera celeste y blanca, se dirigió a los habitantes de las islas con la siguiente proclama:
“El Comandante político y militar nombrado por el Superior Gobierno de Buenos Aires, en conformidad con el decreto de 10 de Junio que acabo de haceros público, ha elegido este día aniversario de Santa Rosa de Lima, patrona de la América, y para ejercer de nuevo un acto formal de dominio que tiene la república de Buenos Aires sobre estas islas Malvinas, las de Tierra del Fuego y sus adyacentes y demás Territorios desde donde acaba el de la comandancia de Patagones, hasta el cabo de Hornos; y al efecto ha enarbolado en este día el pabellón de la República saludándolo en la mejor forma que permite el naciente estado de esta población. El Comandante espera que cada uno de los habitantes dará en todo tiempo de subordinación a las leyes, viviendo como hermanos en unión y armonía a fin de que con el incremento de población que se espera y que el Superior Gobierno ha prometido fomentar y proteger nazca en su territorio austral una población que haga honor a la República cuyo dominio reconocemos ¡Viva la Patria!”16
El propósito del gobierno de Buenos Aires era establecer una colonia permanente en las Islas. De hecho, Vernet se trasladó a Malvinas con su familia. Se estima que para esa época habitaban unas 100 personas en Puerto Luis, de las cuales las tres cuartas partes habían venido con el nuevo gobernador, unos 25 gauchos (que provenían de Buenos Aires, Entre Ríos, Corrientes, Santiago del Estero, Córdoba y la Banda Oriental), 5 indios, 31 negros y negras, y varios extranjeros. Además de la casa principal del gobernador existían otras viviendas de “cal y piedra”
Es interesante el diario personal de María Sáez, esposa del gobernador Vernet y el de su cuñado Emilio Vernet en las Islas donde detallan día por día sus vivencias en ese inhóspito territorio. Relata María por ejemplo que, el 25 de octubre de 1829 asistió al casamiento de dos negros:
“A las once de la mañana se celebró el casamiento de Antonio y Marta, se juraron eterna fidelidad ante cuatro testigos y de los padrinos que fueron la ama y uno de los peones, firmaron la contrata y se convinieron en formalizarlos por la Iglesia o que fueran a Buenos Aires, los padrinos les dieron convite y baile a la noche.”17
Emilio, a su vez también lo consigna en su diario:
“Domingo 25 de octubre Buen tiempo con viento fresco del SSO. Se efectuó el cazamiento de los morenos Antonio y Marta después del qual había bayle de negros hasta tarde la noche”18.
El 2 de febrero de 1830 María Vernet dio a luz una niña en las Islas, en Puerto Soledad, bautizada como Matilde, a quien llamaban “Malvina”. La pequeña fue la primera ciudadana nacida y registrada en las Malvinas19. Poco después el 29 de mayo de 1830 se celebró otra boda esta vez de dos residentes: Gregorio Sánchez un peón santiagueño de 28 años, con Victoria Enríquez oriunda de Buenos Aires de 23 años20.
A pesar de la debilidad del naciente estado, de las luchas intestinas que se plasmaron en incesantes guerras civiles, el gobierno de Buenos Aires continuó ocupándose del territorio.
En 1833 dos navíos de la Armada Británica ocuparon con violencia el territorio de las Islas Malvinas. Lo hicieron sin poder esgrimir ningún derecho legítimo sobre esas tierras solo el uso de la violencia estuvo de su lado. El 2 de enero la corbeta británica Clío comandada por James Onslow llegó a Puerto Soledad, el día 3 ocupó ilegalmente las Malvinas desaló a la guarnición que allí estaba y a las autoridades, e intimó al capitán José María Pinedo a arriar la bandera argentina y desalojar la isla.
Tras estos lamentables hechos, el 24 de enero el Gobierno de Buenos Aires informó a la Honorable Sala de Representantes lo ocurrido según los informes recibidos con las siguientes palabras:
“Si grande ha sido para el gobierno el disgusto que ha tenido con la noticia de la violencia y abuso de la fuerza en las Malvinas ejecutado por un buque de Guerra de SMB en deshonor del Pabellón argentino en ofensa de la integridad del territorio de la República, y con agravio de sus derechos, de su justicia y de la fe debida a las relaciones de amistad y buena inteligencia cultivadas sin interrupción con el Gabinete de Sn James, no es menor el que tiene que hacer partícipe de él a los SSRR poniendo en su conocimiento la nueva y escandalosa agresión que ha cometido sobre las Islas Malvinas un Comandante de la Marina Inglesa… después de haber el comandante Pinedo propuesto superar las dificultades que hacían en su concepto ineficaz la más desesperada resistencia se ratificó de nuevo y en la mañana del día 3 a las 6 se fue personalmente a bordo de la corbeta Clío y protestó por última vez a su comandante comunicando la violación, que intentaba cometer: Este le contestó en el mismo sentido que la nota en copia, asegurándole que no podía diferir la ejecución de las órdenes que había recibido para apoderarse de las Malvinas: que sus fuerzas eran las que veía; que además esperaba otras por momentos, y que en esa inteligencia podía obrar como le pareciere. Inmediatamente se separó el comandante Pinedo haciendo responsable a la Gran Bretaña del insulto y de la violación de los respetos debidos a la República, y a sus derechos, que a la fuerza eran atropellados
… A las 9 de la mañana del 3, se desembarcó por la punta del Puerto San Luis gente de mar y de tierra en tres botes de la Corbeta inglesa y colocando un mastelero en la casa de un inglés distante de la Comandancia como 4 cuadras izaron allí el Pabellón Británico, y pasaron a arriar el Argentino, que flameaba en tierra, viniendo enseguida a la Sarandí un oficial con él a entregarlo. En el día estuvo listo el comandante Pinedo, para alejarse del sitio del insulto… ”21
A partir de ese momento el Estado argentino no cesó en su empeño de recuperar lo que injustamente le usurparon, continuó reclamando su devolución amparándose en su legítimo derecho.
La soberanía de las Islas Malvinas fue, es y será un objetivo central que permanece en el corazón de todo el pueblo argentino, un pueblo que hasta estuvo dispuesto en 1982, a dar su sangre por su restitución.
En la reforma de la Constitución Nacional del año 1994 quedó plasmado en su texto lo siguiente:
«La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino»22

CITAS
1 Licenciada en Historia (UBA), Profesora de Enseñanza Media y Superior en Historia (UBA). Miembro de Número de la Academia Browniana, Miembro de Número del Instituto Belgraniano de la República Argentina. Miembro Correspondiente de la Academia Argentina de Artes y Ciencias de la Comunicación. En la actualidad se desempeña en el Área de Comunicación y Acción Cultural del Archivo General de la Nación Argentina.
2 Proviene del latín “como poseéis por derecho”.
4 La Constitución de 1853 en su artículo 35 reconocía las denominaciones de “Provincias Unidas del Río de la Plata”, “Confederación Argentina” y “República Argentina”. Finalmente, esta última denominación fue la aceptada oficialmente por decreto del presidente Derqui en octubre de 1860.
5 Véase, Caillet Bois, R. Una tierra argentina. Islas Malvinas, Buenos Aires, Academia Nacional de la Historia, 1982 pp. 17-21.
6 La esencia del Tratado firmado en 1494 entre España y Portugal establecía una línea de demarcación imaginaria de 370 leguas al oeste de Cabo Verde, quedando para España todo lo hallado o por hallar al oeste de esa línea, y a Portugal al este. Las Islas Malvinas se ubican al oeste de la línea establecida por el Tratado por lo tanto dentro del dominio español.
7 El Tratado de Utrech establece en uno de sus artículos: “Ni el Rey Católico ni sus herederos o sucesores pueden vender, ceder, pignorar, transmitir o, de cualesquiera otra manera o nombre, enajenar a Francia o cualesquiera otra nación, territorios o dominios o una parte de los mismos pertenecientes a España en América. Por el contrario, los dominios de España en América deben ser preservados total y enteramente. La Reina de la Gran Bretaña -se señala -se compromete a prestar asistencia a España en el sentido de que sus antiguos dominios en las Indias del Oeste sean restaurados como lo estaban en tiempos de Carlos II, si se comprueba que de algún modo o bajo cualquier pretexto hayan sido alterados a partir de la muerte de Carlos II.” Citado en: Archivo General de la Nación, Islas Malvinas. Documentos históricos de la Soberanía Argentina. Período Colonial y Nacional, Buenos Aires, 2019 p. 15.Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad celebrado entre la Confederación Argentina y España- Archivo de Cancillería (Ministerio de Relaciones Exteriores).
8 Archivo General de la Nación Argentina, en adelante AR- AGN Sala X – 293
9 Caillet Bois, R. Una tierra argentina. Islas Malvinas, Buenos Aires, Academia Nacional de la Historia, 1982 p. 107.
10 Archivo General de la Nación, Islas Malvinas. Documentos históricos de la Soberanía Argentina. Período Colonial y Nacional, Buenos Aires, 2019.
11 AR-AGN Sala IX 642.
12 AR-AGN Biblioteca Nacional legajo 189.
13 AGN Sala IX 1478 Islas Malvinas Documentos varios 1779-1782.
14 AGN Biblioteca Nacional manuscritos legajo 189.
15 Cancillería de la República Argentina.
16 AR-AGN Sala VII 141.
17 Ib.
18 Ib.Véase también Gutiérrez, S. Así se construyó Malvinas, el diario de Emilio Vernet (1828-1831), Buenos Aires, 2022.
19 Luis Vernet y María tenían ya tres hijos que llevaron a Malvinas, a saber, Emilio, Luisa y Sofía. Matilde Vernet y Sáez falleció en San Isidro, provincia de Buenos Aires en 1924 a los 94 años.
20 AR-AGN Sala VII 141.
21 AGN Sala X 1238
22 Constitución Nacional, reforma de 1994 Primera Cláusula Transitoria

(*) Fuente: María Teresa Fuster, «Las Malvinas son argentinas. Soberanía, herencia y pruebas históricas», publicado anteriormente en la Revista Histopia, N. 43, Abril 2026; publicación dedicada a los estudios históricos, Ciudad de Buenos Aires.